Planes de conservación y recuperación de especies protegidas

planes de protección y recuperacion de especies

Actualmente,en el territorio valenciano, más de 100 especies, todavía no cuentan con planes de conservación y recuperación de especies protegidas.

El porrón pardo (Aythya nyroca), el quebrantahuesos (Gypaetus barbatus), la focha cornuda (Fulica cristata), la alondra becuda (Chersophilus duponti) y varios tipos de murciélagos, son algunas de las especies que se encuentran en peligro de extinción y que carecen de planes de recuperación y conservación, los cuales tendrían que haber sido aprobados hace más de diez años.

Fundamentos jurídicos

La ley 42/2007 de Patrimonio Natural y la Biodiversidad establece la obligación que tienen las comunidades autónomas de aprobar planes de recuperación, en un plazo de tres años desde la aprobación de la ley para las especies en peligro de extinción, y de cinco años para aquellas que se encuentran en situación vulnerable.

En concreto es el artículo 59, el que regula la aprobación de los planes de conservación y recuperación de especies protegidas:

Artículo 59. Efectos de la inclusión en el Catálogo Español de Especies Amenazadas.

1. En lo que se refiere al Catálogo Español de Especies Amenazadas:

a) La inclusión de un taxón o población en la categoría de “en peligro de extinción” conllevará, en un plazo máximo de tres años, la adopción de un plan de recuperación, que incluya las medidas más adecuadas para el cumplimiento de los objetivos buscados, y, en su caso, la designación de áreas críticas.

En las áreas críticas, y en las áreas de potencial reintroducción o expansión de estos taxones o poblaciones definidas como tales en los planes de recuperación, se fijarán medidas de conservación e instrumentos de gestión, específicos para estas áreas o integrados en otros planes, que eviten las afecciones negativas para las especies que hayan motivado la designación de esas áreas.

b) La inclusión de un taxón o población en la categoría de “vulnerable” conllevará la adopción, en un plazo máximo de cinco años, de un plan de conservación que incluya las medidas más adecuadas para el cumplimiento de los objetivos buscados.

c) Para aquellos taxones o poblaciones que comparten los mismos problemas de conservación o ámbitos geográficos similares, se podrán elaborar planes que abarquen varios taxones o poblaciones simultáneamente.

d) Para las especies o poblaciones que vivan exclusivamente o en alta proporción en espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 o áreas protegidas por instrumentos internacionales, los planes se podrán integrar en las correspondientes figuras de planificación y gestión de dichos espacios.

2. Las comunidades autónomas elaborarán y aprobarán los planes de conservación y de recuperación para las especies amenazadas terrestres.

Esta protección y la obligación de aprobar planes de protección y conservación de especies protegidas también se prevé en la normativa autonómica, y en el caso del territorio valenciano, en concreto en el DECRETO 70/2009, de 22 de mayo, del Consell, por el que se crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies de Flora Amenazadas y se regulan medidas adicionales de conservación:

Artículo 9. Planes para táxones catalogados 
1. La inclusión de los táxones en el Catálogo, implica:
a) La aprobación de Planes de Recuperación para los táxones en peligro de extinción.
b) La aprobación de Planes de Conservación para los táxones vulnerables.
c) Derogado.
2. Los citados Planes serán elaborados por la Dirección General competente en materia de
biodiversidad y se someterán a dictamen del Consejo Científico Asesor de Flora Silvestre.
3. Los Planes serán aprobados por el conseller competente en materia de medio ambiente
mediante Orden, para los táxones en peligro de extinción y mediante Resolución, para el resto
de casos.

 

Después de 18 años de la aprobación de la ley, la gran mayoría de las especies vulnerables y un buen número de las especies en peligro de extinción en la Comunidad Valenciana, todavía no cuentan con planes que puedan garantizar su viabilidad.

Hoy en día, solo hay 26 especies que tienen algún tipo de plan, además de tres grupos de especies (Uniònids, Cetáceos y Tortugas marinas). Por el contrario, más de 100 especies no disponen de estos planes, y en algunos casos su situación está empeorando progresivamente. 57 de estas especies son especies en peligro de extinción en el territorio valenciano y cuatro también en el ámbito nacional. Tampoco tienen plan de protección 73 especies vulnerables, 9 de estas también vulnerables en el ámbito estatal.

La manera de conseguir la protección efectiva es hacer aplicar la ley, a través del mecanismo previsto en el artículo 29 de la ley de jurisdicción contencioso administrativa:

1. Cuando la Administración, en virtud de una disposición general que no precise de actos de aplicación o en virtud de un acto, contrato o convenio administrativo, esté obligada a realizar una prestación concreta en favor de una o varias personas determinadas, quienes tuvieran derecho a ella pueden reclamar de la Administración el cumplimiento de dicha obligación. Si en el plazo de tres meses desde la fecha de la reclamación, la Administración no hubiera dado cumplimiento a lo solicitado o no hubiera llegado a un acuerdo con los interesados, éstos pueden deducir recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración

Lo que  se está haciendo en 2025 y se va a hacer.  Problemas.

Acció Ecologista – Agró ha pedido la aprobación de los planes de estas especies, aunque no tenemos mucha esperanza que estas protecciones se aprueben y se apliquen.  Pero, aunque el Derecho está claro, el más probable es que la administración no las apruebo, los tribunales desestiman nuestras demandas, y si se aprueban, las disposiciones no se aplican.

En este sentido, vimos como se ha permitido la pesca de especies exóticas en lugares de protección del fartet y samaruc, como el Marjal de Almenara y la Albufera de València. Incluso se meten carteles en estos espacios avisando que las especies exóticas hay que volverlos al medio, cuando se trata de una actuación completamente ilegal. Lo denunciamos, pero el Tribunal Superior de Justicia rechazó nuestra demanda contra la modificación de la orden 30/2016 de pesca recreativa que lo permite. En consecuencia, el samaruc continúa en peligro de extinción por ahora y su situación ha empeorado.

En la misma dirección, la Consellería ha autorizado la translocación de especies protegidas s a escala nacional y europea sin cumplir la Ley 42/2007. En concreto, se ha autorizado en Cala Mosca, Oriola, la translocación del molusco Tudorella *mauretanica y de la planta jarilla cabeza de gato, Helianthemum caput-Felis Boiss. Y en la Nucia, la translocación de ejemplares de poleo amargo (Teucrium lepicephalum Pau). Estas translocaciones, planteadas y efectuadas para la ejecución de grandes planes urbanísticos, no garantizan que el estado de las especies se mantenga en el mismo nivel.

Por estas y otras actuaciones, 27 asociaciones conservacionistas valencianas pidieron en julio de 2024 a la Unión Internacional para la Conservación de la Natura (UICN) que exigiera en la Generalitat Valenciana la efectiva protección de estas especies. Se da la contradicción de que la Generalitat Valenciana es miembro de la UICN desde el 2023, aunque su actuación es poco protectora.   Quizá detrás de estos incumplimientos en la aprobación de planes de conservación y recuperación de especies protegidas se encuentre la falta de personal, de medios económicos y que al entender de diversas personas que gobiernan, proteger puede suponer dificultar algunos de los proyectos que defienden.

Algunas de las especies protegidas, sin plan de protección:

 

ESPÈCIES PROTEGIDES EN LA NORMATIVA ESTATAL:

 

TaxonID Nom científic actualitzat (1.6.2023) Nom comú Llistat d’espècies silvestres en règim de protecció especial (LESRPE)/

Categoríes en el Catàleg espanyol d’espècies amenaçades (CEEA

4970 Helianthemum caput-felis Boiss.   Vulnerable
6264 Medicago citrina (Font Quer) Greuter Mielga real Vulnerable
8811 Teucrium lepicephalum Pau   Vulnerable
12081 Ardeola ralloides (Scopoli, 1769) Garcilla cangrejera Vulnerable
11871 Aythya nyroca (Güldenstädt, 1770) Porrón pardo En perill d’extinció
11421 Pandion haliaetus (Linnaeus, 1758) Águila pescadora Vulnerable
10822 Gypaetus barbatus (Linnaeus, 1758) Quebrantahuesos En perill d’extinció
11101 Fulica cristata Gmelin, JF, 1789 Focha cornuda o moruna En perill d’extinció
10664 Charadrius alexandrinus Linnaeus, 1758 Chorlitejo patinegro Vulnerable
11182 Chersophilus duponti (Vieillot, 1824) Alondra de Dupont o ricotí En perill d’extinció
11327 Cercotrichas galactotes (Temminck, 1820) Alzacola Vulnerable
11977 Phoenicurus phoenicurus (Linnaeus, 1758) Colirrojo real Vulnerable
11230 Rhinolophus euryale Blasius, 1853 Murciélago mediterrráneo de herradura Vulnerable
11264 Rhinolophus ferrumequinum (Schreber, 1774) Murciélago grande de herradura Vulnerable
11206 Myotis emarginatus (E. Geoffroy, 1806) Murciélago de Geoffroy o de oreja partida Vulnerable
11803 Myotis myotis (Borkhausen, 1797) Murciélago ratonero grande Vulnerable
12169 Miniopterus schreibersii (Kuhl, 1817) Murciélago de cueva Vulnerable



ESPÈCIES PROTEGIDES EN LA NORMATIVA AUTONÒMICA:

 

ESPECIES (TÁXONES) EN PERILL D’EXTINCIÓ
Allium subvillosum Schult. & Schult. f.
Althenia orientalis (Tzevelev) García Murillo & Talavera
Anacamptis papilionacea (L.) R.M. Bateman (=Orchis papilionacea
L.)
Aristolochia clematitis L.
Asplenium marinum L.
Berberis hispanica Boiss. & Reuter subsp. hispanica
Boerhavia repens L.
Botrychium lunaria (L.) Swartz
Campanula mollis L.
Ceratophyllum submersum L.
Cheirolophus lagunae Olivares & al.
Coeloglossum viride (L.) Hartman
Corema album (L.) D. Don
Dactylorhiza incarnata (L.) Soó
Elatine brochonii Clav.
Epipactis phyllanthes G.E. Sm. (=E. fageticola (C.E. Hermos.)
Devillers-Tersch. & Devillers)
Euonymus latifolius Mill.
Euphrasia salisburgensis Funk.
Euphrasia stricta J. F. Lehm.
Festuca patula Desf.
Isoetes longissima Bory (=I. velatum A. Braun)
Launaea arborescens (Batt.) Murb.
Launaea lanifera Pau
Lemna trisulca L.
Leucanthemum arundanum (Boiss.) Cuatrec.
Limonium albuferae P.P. Ferrer & al.
Limonium bellidifolium (Gouan) Dumort.
Limonium dufourii (Girard) O. Kuntze
Limonium irtaense P.P. Ferrer & al.
Limonium lobatum (L.f.) O. Kuntze
Littorella uniflora (L.) Asch.
Marsilea strigosa Willd.
Medicago citrina (Font Quer) Greuter (tb estatal)
Moneses uniflora A.Gray
Myriophyllum alterniflorum DC.
Nymphaea alba L. (sólo poblacions naturals)
Odontites kaliformis (Willd.) Pau (=O. valentinus M.B. Crespo & Mateo)
Parentucellia viscosa (L.) Caruel
Phyllitis sagittata (DC.) Guinea & Heywood
Reseda hookeri Guss.
Reseda lanceolata Lag.
Salsola soda L.
Serapias lingua L.
Silene cambessedesii Boiss. & Reuter
Solenopsis laurentia (L.) C. Presl
Thelypteris palustris Schott
Utricularia australis R. Br.
ESPECIES (TÁXONS) VULNERABLES
Ajuga pyramidalis subsp. meonantha (Hoffmanns. & Link) Fern. Casas
Apium repens (Jacq.) Lag.
Argyrolobium uniflorum (Decne) Jaub. & Spach
Armeria fontqueri Pau
Asplenium seelosii Leyb. subsp.glabrum (Litard. & Maire) Rothm.
Astragalus oxyglottis M. Bieb.
Callipeltis cucullaria (L.) Steven
Carex digitata L.
Carex remota L.
Centaurea alpina L.
Centaurea podospermifolia Loscos & J. Pardo
Cotoneaster granatensis Boiss.
Dactylorhiza insularis (Sommier) Landw.
Dactylorhiza maculata (L.) Soó
Diplotaxis ibicensis (Pau) Gómez-Campo
Epipactis atrorubens Besser
Epipactis bugacensis (=E. rhodanensis Gévaudan & Robatsch)
Euphorbia nevadensis Boiss. & Reuter subsp. nevadensis
Ferula loscosii (Lange) Willk.
Frangula alnus Mill. s.a.
Fumaria munbyi Boiss. & Reuter
Genista umbellata (Desf.) Poir. subsp. umbellata
Gymnadenia densiflora A. Dietr.
Halimium atriplicifolium (Lam.) Spach
Halopeplis amplexicaulis (Vahl) Cesati & al.
Helianthemum caput-felis Boiss.
Himanthoglossum hircinum (L.) Spreng.
Kernera saxatilis subsp. boissieri (Reuter ex Boiss. & Reuter) Nyman
Laserpitium latifolum L.
Lavatera triloba L.
Linaria oligantha Lange subsp. oligantha
Maytenus senegalensis subsp. europaea (Boiss.) Güemes & M.B. Crespo
Narcissus perezlarae Font Quer
Neotinea conica (Willd.) R.M. Bateman (=Orchis conica Willd.)
Ophrys castellana J. Devillers-Terschuren & P. Devillers
Rumex roseus L.
Serapias strictiflora Veiga
Teucrium campanulatum L.
Teucrium lepicephalum Pau (tb estatal)
Thymus richardii subsp. vigoi Riera & al.
Thymus webbianus Rouy
Triglochin barrelieri Loisel.
Vitaliana primuliflora subsp. assoana Laínz
Zannichellia contorta (Desf.) Chamiso & Schlescht.
ANEXO IV
Catàleg valencià de espècies de fauna amenaçades
ESPECIES (TÁXONS) EN PERILL D’EXTINCIÓ
Anodonta anatina
Aquila fasciata
Aythya nyroca (també estatal)
Bucanetes githagineus
Chersophilus duponti (també estatal)
Chlidonias hybrida
Cinclus cinclus
Discoglossus galganoi subsp. jeanneae
Fulica cristata (també estatal)
Gypaetus barbatus (també estatal)
Panurus biarmicus
Potomida littoralis
ESPECIES (TÁXONS) VULNERABLES
Ardea purpurea
Ardeola ralloides (també estatal)
Brachytron pratense
Charadrius alexandrinus (també estatal)
Glareola pratincola
Gomphus graslinii
Microtus cabrerae
Miniopterus schreibersii (també estatal)
Myotis emarginatus (també estatal)
Myotis myotis (també estatal)
Pelobates cultripes
Onychogomphus costae
Oxygastra curtisii
Pandion haliaetus (també estatal)
Parnassius apollo
Phoenicurus phoenicurus (també estatal)
Pleurodeles waltl
Pterocles alchata
Rhinolophus euryale
Rhinolophus ferrumequinum (també estatal)
Rhinolophus hipposideros
Riparia riparia
Saga pedo
Salaria fluviatilis
Sterna albifrons
Sterna hirundo
Triops cancriformis
Tudorella mauretanica
Tyto alba

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